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Espacio Europeo de Educación Superior

Preguntas frecuentes: conceptos básicos

    1. ¿Qué es el Espacio Europeo de Educación Superior?

    Es un proyecto, impulsado por la Unión Europea, para armonizar los sistemas universitarios europeos de manera que todos ellos tengan una estructura homogénea de títulos de grado y postgrado, es decir, una misma valoración de la carga lectiva de los estudios, cursos, asignaturas, calificaciones y una estructura de titulaciones y formación continua fácilmente entendible por todos los Estados miembros.
     

    2. ¿Cuál es la filosofía del Espacio Europeo de Educación Superior?


    El objetivo del desarrollo del Espacio Europeo de Educación Superior es dotar a Europa de un sistema universitario homogéneo, compatible y flexible que permita a los estudiantes y titulados universitarios europeos una mayor movilidad. Igualmente se pretende establecer unos niveles de transparencia y calidad, mediante sistemas de evaluación que lo hagan atractivo y competitivo a nivel internacional, dentro del actual proceso de globalización.

    En este contexto, el estudiante debe pasar a ser el centro del sistema, como principal actor del mismo, para lo que se valorará el esfuerzo que el alumno necesita realizar para superar las enseñanzas, no únicamente las horas de clase a las que debe asistir.

    Asimismo, se trata de cambiar la filosofía de los estudios, otorgando mayor importancia al manejo de las herramientas de aprendizaje que a la mera acumulación de conocimientos.

    Otro aspecto importante y relacionado con el anterior, es la formación continuada durante toda la vida académica y laboral del titulado universitario, a la que se incorporarán los conocimientos obtenidos y las cualificaciones (títulos, expediente académico, diplomas, certificaciones, habilidades profesionales, etc.) de una manera sencilla y comprensible por todos los Estados miembros.

    3. ¿Cómo nace y cuando estará en marcha el Espacio Europeo de Educación Superior?

    La idea del Espacio Europeo de Educación Superior nace de la Declaración de la Sorbona de 1998, que fue firmada por los Ministros de Educación de Francia, Alemania, Italia y Reino Unido.

    Tras esta primera declaración de intenciones, estas cuestiones se concretan en la Declaración Conjunta de los Ministros de Educación Europeos de Bolonia en 1999, conocida como Declaración de Bolonia. En este documento se establecen las líneas principales de desarrollo del EEES, compromete a los países firmantes a través de su Ministros de Educación y hace un llamamiento a la cooperación de las universidades europeas para alcanzar estos objetivos.

    Dos años más tarde, en mayo de 2001, los Ministros europeos de Educación reunidos en Bolonia se encontraron en Praga para elaborar un documento que estableciese las líneas maestras de la reforma. Fruto de esta reunión surgió un documento titulado "Hacia un Espacio Europeo de Educación Superior", que fija las características del futuro Espacio Europeo de Educación Superior y establece como fecha límite para su puesta en marcha el año 2010.

    Las reuniones de Berlín (18 y 19 de septiembre de 2003), Bergen (19 y 20 de mayo de 2005), Londres(17 y 18 de mayo de 2007) y el Benelux (28 y 29 de abril de 2009) han servido para hacer balance de los progresos realizados, para incorporar las conclusiones de los seminarios internacionales y establecer las directrices para la continuación del proceso.

    4. ¿Cuáles son las principales medidas que se contemplan?

    La Declaración de Praga (2001) concreta las medidas que se deben llevar a cabo para poner en marcha el Espacio Europeo de Educación Superior. En ella se menciona expresamente y se tienen en cuenta los trabajos desarrollados por la Convención Europea de Instituciones de Educación Superior (Salamanca, marzo de 2001) y por la Convención de Estudiantes Universitarios Europeos de Göteborg, también reunidos en marzo de 2001.

    Las principales medidas contempladas son las siguientes:

    - Adopción de un sistema de titulaciones universitarias fácilmente comparable y entendible en toda Europa.
    - Establecimiento de un sistema de titulaciones universitarias de dos ciclos (grado y postgrado).
    - Establecimiento de una valoración del crédito universitario igual para todos los países europeos "European Credit Transfer and Accumulation System" (ECTS).
    - Promoción de la movilidad de estudiantes, profesores e investigadores.
    - Establecimiento de sistemas de evaluación de la calidad.
    - Establecimiento de una dimensión Europea en la Educación Superior.
    - Promocionar el aprendizaje continuado a lo largo de la vida (lifelong learning).
    - Propiciar, como punto esencial, la participación de las universidades y de los estudiantes en todo el proceso.

    5. ¿Qué es el crédito ECTS?

    El concepto de crédito ECTS (European Credit Transfer and Accumulation System) es un nuevo sistema de valoración de las enseñanzas (asignaturas) universitarias, que constituye una de las principales medidas de la implantación del EEES. Nace y se desarrolla con el programa europeo de intercambio de estudiantes universitarios ERASMUS-SOCRATES, como respuesta a la necesidad de encontrar un sistema de equivalencias y de reconocimiento de los estudios cursados en otros países.

    Podríamos decir, sin temor a equivocarnos, que el programa ERASMUS-SOCRATES ha sido pionero y se ha convertido en un "campo de pruebas" para el futuro establecimiento del Espacio Europeo de Educación Superior, debido al incipiente número de estudiantes europeos que han participado en él desde su creación (más de un millón de alumnos).

    Hasta ahora, el concepto de crédito en España estaba establecido en 10 horas lectivas teóricas, prácticas o equivalencias (prácticas en empresas, estudios en el extranjero, etc.) y se regulaba por el RD.1497/1987, de 27 de noviembre Art. 2.7. por el que se establecen las directrices generales comunes de los planes de estudio de los títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional (Actualizado por los Reales Decretos 1267/1994, 2347/1996, 614/1997 y 779/1998).

    Con la implantación del EEES el concepto de crédito cambia: ya no se valorará la duración de las clases impartidas por el profesor, sino el volumen de trabajo total que el estudiante debe realizar para superar la asignatura, donde se incluyen:

    - Las horas de clase teóricas y prácticas.
    - El esfuerzo dedicado al estudio.
    - La preparación y realización de exámenes.

    Este nuevo sistema de créditos ECTS está regulado por el Real Decreto 1125/2003 (BOE de 18/09/2003), por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

    La carga de trabajo del alumno en el ECTS consiste en el tiempo invertido en asistencia a clases, seminarios, estudio personal, preparación y realización de exámenes, etc. Así, el valor del crédito pasará de 10 horas de clase a entre 25 y 30 horas de trabajo, de tal manera que cada estudiante realice 60 créditos ECTS a tiempo completo durante un curso académico, lo que convertirá al alumno en el centro y principal actor del sistema universitario.

    Estos créditos sólo pueden obtenerse una vez que se ha completado el trabajo requerido y se ha realizado la evaluación adecuada de los resultados del aprendizaje. Lo que se valora son conjuntos de competencia, que expresan lo que el estudiante sabrá, comprenderá o será capaz de hacer tras completar un proceso de aprendizaje.

    Los resultados del estudiante se documentarán mediante la atribución de una nota local/nacional. Es una buena práctica añadir un grado ECTS, especialmente en caso de transferencia de créditos, donde las calificaciones de los alumnos son clasificados sobre una base estadística.

    6. ¿Qué es el Suplemento del Diploma (SD) o Suplemento Europeo al Título? 

    Se trata de un documento anexo que acompañará al título universitario durante toda la formación académica y profesional del estudiante. Su objetivo fundamental es facilitar el reconocimiento académico y profesional de las cualificaciones (diplomas, títulos, certificados, etc.) entre los países de la UE.

    Contendrá información académica y profesional relevante sobre los estudios cursados, su contexto nacional y las competencias y capacidades profesionales adquiridas; seguirá abierto para incorporar el aprendizaje a lo largo de la vida, acreditando los conocimientos adquiridos por cada persona en diferentes instituciones europeas de educación superior.

    El Suplemento al Diploma será un documento unificado para toda Europa, que proporcionará una descripción estandarizada de la naturaleza, el nivel, el contexto, el contenido y el rango de los estudios seguidos y completados con éxito por el titulado.

    El Real Decreto 1044/2003 (BOE de 11/09/2003) establece el procedimiento para la expedición por las universidades del Suplemento Europeo al Título en el territorio español.

    7. ¿Cómo va a afectar al sistema universitario y de titulaciones español?

    De una manera importante. El Espacio Europeo de Educación Superior es un reto para la comunidad universitaria y para la Administración educativa.

    Las actuales titulaciones de pregrado, donde existen dos niveles (Diplomatura-Licenciatura, Ingeniería Técnica-Ingeniería, Arquitectura Técnica-Arquitectura), deberán pasar a un solo nivel de Grado y tendrán una carga lectiva de entre 180 y 240 créditos ECTS, es decir, 3 o 4 cursos lectivos (60 créditos ECTS por curso).

    Desaparecerán los actuales conceptos de Diplomatura, Ingeniería Técnica y Arquitectura Técnica, aunque se respetarán los efectos académicos de estas titulaciones. Las titulaciones de grado habilitarán para el ejercicio profesional.

    En cuanto a los estudios de postgrado, se establecerán dos tipos de títulos: el título de Máster y el título de Doctor. Con la reforma, el título de Máster se convertirá en oficial. Serán enseñanzas más específicas, dirigidas a una mayor profundización intelectual orientada a la investigación o a la formación profesional avanzada.

    Los Másteres Oficiales o Universitarios tendrán una carga lectiva de entre 60 y 120 créditos europeos (1 o 2 cursos académicos) y deberán contar con una acreditación oficial. Para poder acceder habrá que estar en posesión de un título de Grado y su precio estará limitado por tasas públicas.

    Si nos detenemos en su tipología, podrá haber tanto Másteres Oficiales como Másteres no oficiales (más parecidos al modelo actual).

    El título de Doctor, por su parte, seguirá siendo el máximo grado académico y se obtendrá tras realizar una Tesis Doctoral. Para poder acceder a este título deberá superarse un Máster Oficial.

    8. ¿Qué están haciendo las universidades y la administración para desarrollar el Espacio Europeo de Educación Superior?

    Actualmente, tanto la Administración como las instituciones españolas de educación superior se hayan inmersas en el proceso de adaptación de las actuales titulaciones al Proceso de Bolonia.

    Para ello el Ministerio de Educación ya ha elaborado diversos documentos legales que regulan todos los aspectos fundamentales de este proceso: el Sistema Europeo de Créditos y Calificaciones, la expedición del Suplemento Europeo al Título, así como la reestructuración de los actuales estudios universitarios para su transformación en estudios oficiales de Grado y de Postgrado.

    Se están elaborando y se está trabajando sobre documentos piloto (libros blancos) para adaptar titulaciones, desarrollados por una red de universidades españolas y apoyadas por la ANECA. Su objetivo es realizar estudios y supuestos prácticos útiles en el diseño de un título de Grado adaptado al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), que sirvan de orientación a las universidades españolas para la elaboración de sus propuestas de estudios.

    Para facilitar la incorporación de las universidades al EEES, la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) convoca ayudas destinadas al diseño de planes de estudios y títulos de Grado.

    En esta misma línea, la mayor parte de las universidades españolas están incluyendo apartados en sus webs sobre el Espacio Europeo de Educación Superior.

    9. ¿Qué es un Grupo de Seguimiento?

    También conocido por el acrónimo BFUG (Bologna Follow Up Group), es un órgano establecido por acuerdo de la Conferencia de Ministros, constituido por representantes de los Estados miembros implicados en el Proceso de Convergencia, normalmente funcionarios de los Ministerios responsables de la Enseñanza Superior de cada país.

    El Grupo se reúne de forma regular al menos dos veces al año y prepara los distintos aspectos la Conferencia de Ministros que tiene lugar cada dos años. Asimismo, se encarga de aprobar programas de trabajo que incluyen seminarios y reuniones sobre cuestiones específicas relacionadas con el EEES.

    En el caso español, está formado por expertos procedentes de diversas Universidades, especializados en aspectos clave de la realidad universitaria: movilidad, reconocimiento, marco de cualificaciones, empleabilidad, calidad, doctorado, dimensión social de la educación superior, etc

    10. ¿Qué es el reconocimiento y transferencia de créditos?

    Para favorecer la movilidad de los estudiantes, tanto dentro de España como fuera de nuestras fronteras, todas las universidades establecerán un sistema de reconocimiento y transferencia de créditos. Esto implica que cada institución reconocerá los créditos de enseñanzas oficiales que el alumno haya superado, tanto de esa misma universidad como de otra, equiparándolos a otros del plan de estudios.

    Además, también se podrá reconocer en forma de créditos la experiencia laboral y profesional, que computarán a la hora de obtener un título oficial, siempre y cuando esté relacionada con competencias propias del título.

    El número de créditos reconocidos no será nunca superior al 15 por ciento del total de créditos del plan de estudios, ni pofrán ser reconocidos como parte de trabajos de fin de Grado o Máster.

    De acuerdo con la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, los estudiantes también tendrán derecho al reconocimiento de, al menos, 6 créditos académicos por su participación en actividades universitarias, tanto culturales como deportivas, solidarias o de representación estudiantil.

    Ver documentos en http://ec.europa.eu/education/resources/european-credit-transfer-accumulation-system_es